En el día de hoy, Se publicó el decreto 42/2021 que reglamentó la ley Aporte Solidario y Extraordinario para paliar la pandemia, conocida como impuesto a la riqueza.
La ley 27605/2020, sancionada el pasado 4 de diciembre, fue reglamentada mediante un decreto firmado por el presidente Alberto Fernández, que cuenta con 12 artículos. A la firma del mandatario, la acompañan las del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.
La ley, promulgada el 18 del mes pasado, establece un aporte por única vez de una tasa, mínima, del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a los Bienes Personales más de 200 millones de pesos.
Dicha tasa posee un incremento en base al capital declarado. Será del 2,25% para quienes se encuentren entre los $300 y los $400 millones, del 2,50% para quienes declararon entre $400 y $600 millones, y del 2,75%, para los patrimonios que se encuentran entre $600 y $800 millones. En el caso de las fortunas que estén entre los $800 y $1.500 millones, el porcentaje será del 3%, del 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones, y en el caso de los que superen ese monto será del 3,5%, siendo este el tope máximo.
El dinero recaudado por este “Aporte Solidario y Extraordinario”, será utilizado de acuerdo a lo establecido por la Ley. El 25% se invertirá en exploración, desarrollo y producción de gas natural, 20% a adquirir equipamientos de salud para la pandemia, otro 20% para el desarrollo de Pymes, 20% para el relanzamiento de las becas Progresar y un 15% para la urbanización de barrios populares.
Ahora comienza lo que puede ser una batalla fiscal entre el Estado y aquellos empresarios que se oponen a esta normativa. El Gobierno ya dio un nuevo paso y a partir de las 00 del día de hoy, la Ley ya tiene su procedimiento reglamentado.